ARTÍCULO 156° (REDUCCIÓN DE SANCIONES). No haber sido sancionado con pena privativa de libertad o destituido por procesos judiciales o administrativos con resolución ejecutoriada. Para el efecto se utilizará el formato habitual para el régimen aduanero de que se trate, debiendo destacarse en la declaración de mercancías su condición de despacho anticipado. QUINTA. ARTÍCULO 181° Octies. Para casos en lo que no proceda la notificación personal, será válida la notificación practicada por correspondencia postal certificada, efectuada mediante correo público o privado. DEDICATORIA A mis extraordinarios padres. En materia penal tributaria procederá la suspensión condicional del proceso en los términos establecidos en el Código de Procedimiento Penal con las siguientes particularidades: ARTÍCULO 191° (CONTENIDO DE LA SENTENCIA CONDENATORIA). NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 4. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 35. La destrucción total o parcial, o en su caso, la merma de las mercancías por causa de fuerza mayor o caso fortuito que hubiera sido así declarada en forma expresa por la Administración Aduanera, extingue la obligación tributaria aduanera. Almacene mercancías prohibidas o suspendidas de exportación, hidrocarburos y/o alimentos con subvención directa del Estado sujetas a protección específica, sin cumplir los requisitos legales dentro un espacio de cincuenta (50) kilómetros desde la frontera. La notificación al sujeto pasivo con la Resolución Determinativa. La inconcurrencia del interesado no impedirá que se practique la diligencia de notificación. En ningún caso podrá repetirse el objeto de la fiscalización ya practicada, salvo cuando el contribuyente o tercero responsable hubiera ocultado dolosamente información vinculada a hechos gravados. NOTA: Sentencia Constitucional 0009/2004, de 28/01/2004, declaró la inconstitucionalidad del Artículo 145 del Código Tributario Boliviano. La Vista de Cargo hará las veces de auto inicial de sumario contravencional y de apertura de término de prueba y la Resolución Determinativa se asimilará a una Resolución Sancionatoria. Ley N° 1080 de 12/07/2018, Ley de Ciudadanía Digital, en su Artículo 8, Parágrafo IV.. ARTÍCULO 83° Bis (NOTIFICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS). Una vez presentado el Recurso Jerárquico, en Secretaría de la Superintendencia Tributaria Regional o Intendencia Departamental, el mismo deberá ser admitido, observado o rechazado mediante auto expreso del Superintendente Tributario Regional en el plazo de cinco (5) días. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 3, Parágrafos I y II. ARTÍCULO 152° (RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR DAÑO ECONÓMICO). Cuando la aprehensión se realice en lugares distantes a la sede del fiscal o de la autoridad jurisdiccional competente, para el cómputo de los plazos se aplicará el término de la distancia previsto en el Código de Procedimiento Civil. Dicha condición puede recaer: ARTÍCULO 24° (INTRANSMISIBILIDAD). DIRIGIDO A Abogados Ingenieros comerciales Profesionales en ramas afines Estudiantes de ciencias jurídicas Estudiantes de ramas afines Público interesado Las Administraciones Tributarias quedan facultadas para efectuar publicaciones mediante órganos de difusión oficial que tengan circulación nacional. Valorando signos, índices, o módulos que se den en los respectivos contribuyentes según los datos o antecedentes que se posean en supuestos similares o equivalentes. Cumplir las obligaciones establecidas en este Código, leyes tributarias especiales y las que defina la Administración Tributaria con carácter general. No cumplan con las obligaciones sobre valuación de inventarios o no lleven el procedimiento de control de los mismos a que obligan las normas tributarias. Todo otro documento emitido por la Administración Tributaria respectiva, que será considerado a efectos tributarios, como instrumento público. Del diez por ciento (10%) anual, desde el primer día del octavo año de mora hasta la fecha de pago ( ). El cargo será notificado al presunto responsable de la contravención, a quien se concederá un plazo de veinte (20) días para que formule por escrito su descargo y ofrezca todas las pruebas que hagan a su derecho. Los alegatos podrán presentarse en forma escrita o en forma verbal bajo las mismas reglas, en este último caso, establecidas en el Artículo 208 de la presente Ley para el desarrollo de la Audiencia Pública. Las que habiendo sido requeridas por la Administración Tributaria durante el proceso de fiscalización, no hubieran sido presentadas, ni se hubiera dejado expresa constancia de su existencia y compromiso de presentación, hasta antes de la emisión de la Resolución Determinativa. Nombre o razón social y domicilio del recurrente o de su representante legal con mandato legal expreso, acompañando el poder de representación que corresponda conforme a Ley y los documentos respaldatorios de la personería del recurrente. La acción administrativa para ejecutar sanciones prescribe a los cinco (5) años. relacionadas con la presentación del medio de transporte y de sus cargas ante el servicio aduanero . NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 14. Permitir la utilización de programas y aplicaciones informáticas provistos por la Administración Tributaria, en los equipos y recursos de computación que utilizarán, así como el libre acceso a la información contenida en la base de datos. El monto determinado por la Administración Tributaria y pagado por el sujeto pasivo o tercero responsable se tomará a cuenta del impuesto que en definitiva corresponda pagar, en caso que la Administración Tributaria ejerciera su facultad de control, verificación, fiscalización e investigación. Excepto en el Numeral 3, del Parágrafo I, del Artículo anterior, el término de la prescripción se computará desde el primer día del año siguiente a aquel en que se produjo el vencimiento del período de pago respectivo. Modifícase el párrafo sexto del Artículo 29º de la Ley N° 1990 de 28 de julio de 1999 con el siguiente texto: “El Presupuesto anual de funcionamiento e inversión con recursos del Tesoro General de la Nación asignado a la Aduana Nacional, no será superior al dos (2%) por ciento de la recaudación anual de tributos en efectivo”. El cambio de destino de una mercancía que se encuentre en territorio aduanero nacional siempre que esta haya sido entregada a una administración aduanera por el transportista internacional, diferente a la consignada como aduana de destino en el manifiesto internacional de carga o la declaración de tránsito aduanero. Comete contravención aduanera quien en el desarrollo de una operación o gestión aduanera incurra en actos u omisiones que infrinjan o quebranten la presente Ley y disposiciones administrativas de índole aduanera que no constituyan delitos aduaneros. La inconcurrencia de los interesados no impedirá que se practique la diligencia de notificación ni sus efectos. No obstante lo dispuesto, la ejecución de dichos actos se suspenderá únicamente conforme lo prevé este Código en el Capítulo II del Título III. ARTÍCULO 49° (PRIVILEGIO). Los directores, administradores, gerentes y representantes de las personas jurídicas y demás entes colectivos con personalidad legalmente reconocida. Los plazos en meses se computan de fecha a fecha y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente, se entiende que el plazo acaba el último día del mes. Para formar debido conocimiento de la causa, cuando así lo considere necesario, el Superintendente Tributario Regional podrá convocar a Audiencia Pública conforme al Artículo 208 de la presente Ley. Los bienes embargados, con anotación definitiva en los registros públicos, secuestrados, aceptados en garantía mediante prenda o hipoteca, así como los recibidos en dación en pago por la Administración Tributaria, por deudas tributarias, serán dispuestos en ejecución tributaria mediante remate en subasta pública o adjudicación directa, en la forma y condiciones que se fijen mediante norma reglamentaria. La sustracción a los controles tributarios, la no utilización o utilización indebida de etiquetas, sellos, timbres, precintos y demás medios de control; la alteración de las características de mercancías, su ocultación, cambio de destino, falsa descripción o falsa indicación de procedencia. Las Vistas de Cargo, las Resoluciones Determinativas y Resoluciones Sancionatorias, emergentes del procedimiento determinativo en casos especiales establecido en el Artículo 97 del presente Código que afecten a una generalidad de deudores tributarios y que no excedan de la cuantía fijada por norma reglamentaria, podrán notificarse en la siguiente forma: NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano en su Artículo 13. La Administración Tributaria podrá verificar el cumplimiento de los deberes formales de los sujetos pasivos y de su obligación de emitir factura, sin que se requiera para ello otro trámite que el de la identificación de los funcionarios actuantes y en caso de verificarse cualquier tipo de incumplimiento se levantará un acta que será firmada por los funcionarios y por el titular del establecimiento o quien en ese momento se hallara a cargo del mismo. Que para los mismos, esté establecida su reserva a favor del sector público por referirse a la manifestación del ejercicio de autoridad. A ser tratado con el debido respeto y consideración por el personal que desempeña funciones en la Administración Tributaria. En otros supuestos, la cuantía se entenderá referida a cada uno de los conceptos por los que un hecho imponible sea susceptible de liquidación. La exención no se extiende a los tributos instituidos con posterioridad a su establecimiento. Las personas jurídicas o entidades, tengan o no personalidad jurídica, en cuyo nombre o representación hubieren actuado los partícipes del delito. Por su parte el Dr. Felipe Moreno-Yebra, otro importante representante del Derecho Aduanal mexicano, complementa el anterior concepto del Derecho Aduanero y propone la definición del derecho aduanero como un "conjunto de disposiciones jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías de territorio nacional, regula por medio de contribuciones y regulaciones o restricciones no . La prescripción de la acción para sancionar delitos tributarios se suspenderá durante la fase de determinación y prejudicialidad tributaria. ARTÍCULO 103° (VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES Y DE LA OBLIGACIÓN DE EMITIR FACTURA). En aplicación del principio de confidencialidad de la Información Tributaria, ninguna otra persona ajena a la Administración Tributaria podrá acceder a estas actuaciones. ARTÍCULO 21° (SUJETO ACTIVO). Acción de repetición es aquella que pueden utilizar los sujetos pasivos y/o directos interesados para reclamar a la Administración Tributaria la restitución de pagos indebidos o en exceso efectuados por cualquier concepto tributario. El que por acción u omisión no pague o pague de menos la deuda tributaria, no efectúe las retenciones a que está obligado u obtenga indebidamente beneficios y valores fiscales, será sancionado con el cien por ciento (100%) del monto calculado para la deuda tributaria. Por la Administración Tributaria, de oficio en ejercicio de las facultades otorgadas por Ley. El Estado en ejercicio de su poder, tributario recauda fondos para el Tesoro General del Estado Plurinacional con el objeto de cumplir sus fines y atender las necesidades del Estado, . Cuando la persona natural no tuviera domicilio señalado o teniéndolo señalado, éste fuera inexistente, a todos los efectos tributarios se presume que el domicilio en el país de las personas naturales es: La notificación así practicada se considerará válida a todos los efectos legales. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 4, Inciso b). ARTÍCULO 42° (BASE IMPONIBLE). NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 34, Parágrafo II. La presentación de la Consulta no suspende el transcurso de plazos ni justifica el incumplimiento de las obligaciones a cargo de los consultantes. aduanero, se encuentra regulado por normas del Derecho Aduanero que tiene como principal objeto posibilitar y asegurar el adecuado ejercicio de PRINCIPIOS DEL DERECHO ADUANERO. Las Vistas de Cargo y Resoluciones Determinativas y todo documento relativo a los trámites en la Administración Tributaria, podrán expedirse por sistemas informáticos, debiendo las mismas llevar inscrito el cargo y nombre de la autoridad que las emite, su firma en facsímil, electrónica o por cualquier otro medio tecnológicamente disponible, conforme a lo dispuesto reglamentariamente. DERECHOS Y DEBERES DE LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA, SECCIÓN I: DERECHOS Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. Aduana Nacional.Todos los derechos reservados. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano en su Artículo 5. Recabar del juez cautelar de turno, orden de allanamiento y requisa que deberá ser despachada dentro de las cinco (5) horas siguientes a la presentación del requerimiento fiscal, con habilitación de días y horas inhábiles si fueran necesarias, bajo responsabilidad. ARTÍCULO 177° Ter (EMISIÓN DE FACTURAS, NOTAS FISCALES Y DOCUMENTOS EQUIVALENTES SIN HECHO GENERADOR). La Audiencia, si se convocara, podrá efectuarse indistintamente, a criterio del Superintendente Tributario Regional actuante, en su propia sede o en la de la Intendencia Departamental respectiva. ÚNICA. Los actos definitivos de alcance particular que se pretenda impugnar mediante el Recurso de Alzada, deben haber sido emitidos por una entidad pública que cumple funciones de Administración Tributaria relativas a cualquier tributo nacional, departamental, municipal o universitario, sea impuesto, tasa, patente municipal o contribución especial, excepto las de seguridad social. ARTÍCULO 68° (DERECHOS). Tener como mínimo título universitario a nivel de licenciatura y diez (10) años de experiencia profesional. Podrán rectificarse a requerimiento de la Administración Tributaria o por iniciativa del sujeto pasivo o tercero responsable, cuando la rectificación tenga como efecto el aumento del saldo a favor del Fisco o la disminución del saldo a favor del declarante. El incumplimiento de la obligación de informar no podrá ampararse en: disposiciones normativas, estatutarias, contractuales y reglamentos internos de funcionamiento de los referidos organismos o entes estatales o privados. NOTA: Ley N° 975 de 13/09/2017, Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE - 2017), mediante su Disposición Adicional Sexta, modificó el Parágrafo I, precedente. El Superintendente Tributario General deberá excusarse antes de decretar la radicatoria del Recurso Jerárquico admitido por el Superintendente de origen. Que no presenten los libros y registros de contabilidad, la documentación respaldatoria o no proporcionen los informes relativos al cumplimiento de las disposiciones normativas. Las partes, empezando por el recurrente, expondrán sus opiniones y argumentos sobre el asunto que motivó la Audiencia, teniendo derecho al uso de la palabra por tiempos iguales, las veces y por los lapsos que establezca el Superintendente Tributario que esté dirigiendo la Audiencia. Dentro del plazo perentorio de quince (15) días desde la notificación con la admisión del recurso, la Administración Tributaria deberá responder al mismo, negando o aceptando total o parcialmente los argumentos del recurrente y adjuntando necesariamente los antecedentes del acto impugnado. TEMA I. DERECHO ADUANERO. Es sujeto pasivo el contribuyente o sustituto del mismo, quien debe cumplir las obligaciones tributarias establecidas conforme dispone este Código y las Leyes. La Administración Tributaria competente deberá previamente verificar si el solicitante tiene alguna deuda tributaria, en cuyo caso procederá a la compensación de oficio. El resarcimiento de los daños civiles ocasionados a la Administración Tributaria por el uso de depósitos aduaneros y otros gastos, así como las costas judiciales. Control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación; Ejecución de medidas precautorias, previa autorización de la autoridad competente establecida en este Código; Concesión de prórrogas y facilidades de pago; Revisión extraordinaria de actos administrativos conforme a lo establecido en el Artículo 145 del presente Código; Sanción de contravenciones, que no constituyan delitos; Designación de sustitutos y responsables subsidiarios, en los términos dispuestos por este Código; Aplicar los montos mínimos establecidos mediante Decreto Supremo a partir de los cuales los pagos por la adquisición y venta de bienes y servicios deban ser respaldadas por los contribuyentes y/o responsables a través de documentos reconocidos por el sistema bancario y de intermediación financiera regulada por la Autoridad de Supervisión Financiera (ASFI). de las Naciones UnidasEl derecho aduanero en el siglo XXIVademecum del Ser HumanoAmbiente estado y sociedadConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos comentada, 21a. La exención, con plazo indeterminado aún cuando fuera otorgada en función de ciertas condiciones de hecho, puede ser derogada o modificada por Ley posterior. Otras. La Resolución Sancionatoria o Determinativa deberá ser emitida en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles después de formulada dicha Acta de Intervención. Constituyen ilícitos tributarios las acciones u omisiones que violen normas tributarias materiales o formales, tipificadas y sancionadas en el presente Código y demás disposiciones normativas tributarias. La Administración Tributaria mediante publicación en órganos de prensa de circulación nacional citará a los sujetos pasivos y terceros responsables para que dentro del plazo de cinco (5) días computables a partir de la publicación, se apersonen a sus dependencias a efecto de su notificación. La identificación de los elementos de prueba asegurados y, en su caso, de los medios empleados para la comisión del delito. favor de la República de Bolivia, una "Zona Franca" en el Puerto de Rosario (Provincia de Santa Fe), en las condicio nes, exten sión y características . LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB) La ANB, en un principio nació como fuente de régimen fiscal (recaudación de impuestos), pero con el tiempo sirvió como una barrera para la protección de las industrias. ARTÍCULO 181° Sexies. ARTÍCULO 178° (DEFRAUDACIÓN ADUANERA). La interposición del Recurso de Alzada, así como el del Jerárquico, tienen efecto suspensivo. La Administración Tributaria podrá determinar la base imponible usando el método sobre base presunta, sólo cuando habiéndolos requerido, no posea los datos necesarios para su determinación sobre base cierta por no haberlos proporcionado el sujeto pasivo, en especial, cuando se verifique al menos alguna de las siguientes circunstancias relativas a éste último: NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 23. Si se propusieren más, a partir del tercero se tendrán por no ofrecidos. ARTÍCULO 102° (MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN DE PRUEBAS). Sólo a falta de disposición expresa, se aplicarán supletoriamente las normas de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás normas en materia administrativa. La acción penal tributaria es de orden público y será ejercida de oficio por el Ministerio Público, con la participación que este Código reconoce a la Administración Tributaria acreedora de la deuda tributaria en calidad de víctima, que podrá constituirse en querellante. Resolución firme o sentencia con autoridad de cosa juzgada que declare la inexistencia de la deuda. El sujeto pasivo podrá convertir la sanción de clausura por el pago inmediato de una multa equivalente a diez (10) veces el monto de lo no facturado, siempre que sea la primera vez. Los Superintendentes Tributarios dictarán resolución dentro del plazo de cuarenta (40) días siguientes a la conclusión del período de prueba, prorrogables por una sola vez por el mismo término. Para efectos tributarios las personas naturales y jurídicas deben fijar su domicilio dentro del territorio nacional, preferentemente en el lugar de su actividad comercial o productiva. La Administración Tributaria otorgará información a las Administraciones Tributarias de otros países, en el marco de instrumentos jurídicos internacionales para el intercambio de información. En delitos tributarios aduaneros flagrantes corresponde la aplicación directa del Procedimiento Inmediato para Delitos Flagrantes contenido en el Título V de la Ley Nº 007 de 18 de mayo de 2010. NOTA: Ley N° 1053 de 25/04/2018, en su Disposición Adicional Primera, Parágrafo III, modificó el Artículo precedente. Las estipulaciones entre sujetos de derecho privado y el Estado, contrarias a las leyes tributarias, son nulas de pleno derecho. Lo pagado para satisfacer una obligación prescrita no puede ser objeto de repetición, aunque el pago se hubiera efectuado en desconocimiento de la prescripción operada. Decreto Supremo N° 27874 de 26/11/2004, Reglamenta Algunos Aspectos del Código Tributario Boliviano, en su Artículo 2. Facilitar el acceso a la información de sus estados financieros cursantes en Bancos y otras instituciones financieras. Destrucción total o parcial de las mercancías. En caso de mercancías perecederas, alimentos enlatados y otro tipo de mercancías, el Acta de Intervención deberá ser elaborado en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles posteriores a la intervención. ARTÍCULO 66° (FACULTADES ESPECÍFICAS). Concluida la intervención de los participantes, el Superintendente Tributario declarará clausurada la Audiencia, debiendo procederse a la elaboración y firma del Acta correspondiente por las partes y el Superintendente Tributario. La sanción para cada una de las conductas contraventoras se establecerá en estos límites mediante norma reglamentaria. Si no se contestare dentro de este plazo, se dispondrá de oficio la continuación del proceso, aperturando a partir de ese momento el término de prueba. NOTA: Ley Nº 812 de 30/06/2016, en su Artículo 2 Parágrafo I, modificó el Artículo precedente. Si el delito de Contrabando se cometiere en cualquier medio de transporte público de pasajeros, por uno o más de éstos y sin el concurso del transportador, no se aplicará a éste la sanción de comiso de dicho medio de transporte, siempre y cuando se trate de equipaje acompañado de un pasajero que viaje en el mismo medio de transporte, o de encomiendas debidamente manifestadas. ARTÍCULO 218° (RECURSO DE ALZADA). En los demás casos la solidaridad debe ser establecida expresamente por Ley. Cuestionario de derecho aduanero. El notificado podrá impugnar el acto que lo designa como responsable subsidiario utilizando los recursos establecidos en el presente Código. El derecho aduanero está conformado por una serie por regulaciones que van más allá de lo tributario, abarcando medidas de política comercial, lo que le permite acciones como prohibiciones, control sanitario, aplicación de planes de seguridad y homologaciones técnicas en su área de desarrollo.. Esta normativa influye de forma directa en la política comercial y fiscal de una nación, ya . NOTA: Ley N° 317 de 11/12/2012, Presupuesto General del Estado – Gestión 2013 en su Disposición Adicional Sexta, incorporó el Artículo precedente. Es la rama del Derecho Público que regula la organización y funcionamiento del servicio aduanero, así como también las obligaciones y derechos del trafico de mercancías, a través de las fronteras terrestres, espacios marítimos, aéreos y también lacustre y fluviales. A que la Administración Tributaria resuelva expresamente las cuestiones planteadas en los procedimientos previstos por este Código y disposiciones reglamentarias, dentro de los plazos establecidos. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 16. El costo de mantenimiento y conservación de los bienes embargados o secuestrados estará a cargo del depositario conforme a lo dispuesto en los Códigos Civil y de Procedimiento Civil. Capítulo 1: Introducción al derecho aduanero, Capítulo 2: Origen del derecho aduanero, Capítulo 3: Legislación aduanera, Capítulo 4: Normas sobre importación, Capítulo 5: Exportación e internaciones, Capítulo 6: Abandono de mercaderias, Capítulo 7: Ilícito tributario, delitos aduaneros, Capítulo 8: Comiso de mercancias de contrabando y remate, C. Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 9. Extraiga desde territorio aduanero nacional o zonas francas, mercancías prohibidas o suspendidas de exportación, hidrocarburos y/o alimentos con subvención directa del Estado sujetas a protección específica. Capítulo 3: Legislación aduanera, Los autos y proveídos de mero trámite podrán ser suscritos en suplencia legal por el inmediato inferior en grado, cuando el Superintendente Tributario General o los Superintendentes Tributarios Regionales, no se encuentren en su sede por motivos de salud, misión oficial, cursos o seminarios de capacitación o vacaciones. Tratándose de servicios de salud, educación y hotelería la convertibilidad podrá aplicarse más de una vez. Las resoluciones que resuelvan los Recursos de Alzada y Jerárquico, podrán ser: Revocatorias totales o parciales del acto recurrido; Anulatorias, con reposición hasta el vicio más antiguo. ARTÍCULO 37° (DOMICILIO EN EL TERRITORIO NACIONAL). Pérdida de concesiones, beneficios, exenciones y prerrogativas tributarias que gocen las personas naturales o jurídicas. A la Acción de Repetición conforme lo establece el presente Código. por: CARVAJAL CONTRERAS, MAXIMO. No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual o la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado. Suspensión temporal de actividades de los auxiliares de la función pública aduanera y de los operadores de comercio exterior por un tiempo de (10) diez, a noventa (90) días. ARTÍCULO 41° (DOMICILIO ESPECIAL). La ejecución tributaria se realizará por la Administración Tributaria con la notificación de los siguientes títulos: Resolución Determinativa o Sancionatoria firmes, por el total de la deuda tributaria o sanción que imponen. NOTA: Ley N° 3467 de 12/09/2006, mediante su Artículo 1 Parágrafo I, sustituyó el Párrafo precedente. Las sanciones pecuniarias establecidas en este Código para la contravención de omisión de pago, se reducirán conforme a los siguientes criterios: NOTA: Ley N° 812 de 30/06/2016, en su Artículo 2, Parágrafo IV modificó el Artículo precedente. También constituyen fuente del Derecho Tributario las Ordenanzas Municipales de tasas y patentes, aprobadas por el Honorable Senado Nacional, en el ámbito de su jurisdicción y competencia. El término de prescripción precedente se ampliará en dos (2) años adicionales, cuando el sujeto pasivo o tercero responsable no cumpliera con la obligación de inscribirse en los registros pertinentes, se inscribiera en un régimen tributario diferente al que corresponde, incurra en delitos tributarios o realice operaciones comerciales y / o financieras en países de baja o nula tributación. Estudio Jurídico con especialidad en Derecho Aduanero y Tributario Estudio Jurídico Aduanero | La Paz NOTA: Ley N° 3092 de 07/07/2005, mediante su Disposición Final Primera complementó el Parágrafo I precedente. Son aplicables en los Recursos Administrativos todas las disposiciones establecidas en los Artículos 76 al 82 de la presente Ley. Facilitar las tareas de control, determinación, comprobación, verificación, fiscalización, investigación y recaudación que realice la Administración Tributaria, observando las obligaciones que les impongan las leyes, decretos reglamentarios y demás disposiciones. ARTÍCULO 181° Septies. NOTA: Ley N° 031 de 19/07/2010, Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, mediante las Disposiciones Abrogatorias y Derogatorias, Disposiciones Derogatorias, Numeral 1, derogó el Segundo Párrafo del Artículo precedente. Que se den algunas de las siguientes circunstancias: Omisión del registro de operaciones, ingresos o compras, así como alteración del precio y costo. DÉCIMA. El Superintendente Tributario General tiene competencia en todo el territorio de la República, con las atribuciones y funciones que le otorga la presente Ley. Cuando la deuda sea por varios tributos y por distintos períodos, el pago se imputará a la deuda elegida por el deudor; de no hacerse esta elección, la imputación se hará a la obligación más antigua y entre éstas a la que sea de menor monto y así, sucesivamente, a las deudas mayores. Las Resoluciones dictadas en los Recursos de Alzada y Jerárquico por la Superintendencia Tributaria, como órgano resolutivo de última instancia administrativa, contemplan la decisión expresa, positiva y precisa de las cuestiones planteadas y constituyen decisiones basadas en hechos sometidos al Derecho y en consecuencia no están sujetas a revisión por otros órganos del Poder Ejecutivo. ARTÍCULO 129° (TRÁMITE). La sanción será de seis (6) días continuos hasta un máximo de cuarenta y ocho (48) días atendiendo el grado de reincidencia del contraventor. ARTÍCULO 175° (CLASIFICACIÓN). Las sanciones se impondrán mediante Resolución Determinativa o Resolución Sancionatoria, salvando las sanciones que se impusieren en forma directa conforme a lo dispuesto por este Código. Asimismo, ofrecemos apoyo en la . Los recursos administrativos responderán, además de los principios descritos en el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341, de 23 de abril de 2002, a los siguientes: NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 10. NOTA: Ley N° 317 de 11/12/2012; Ley del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013, mediante su Disposición Derogatoria y Abrogatoria, Segunda, derogó el Artículo precedente, previamente incorporado por Ley N° 037 de 10/08/2010; Ley que Modifica el Código Tributario y la Ley General de Aduanas, a través de su Artículo 5. Quién considere que la resolución que resuelve el Recurso de Alzada lesione sus derechos, podrá interponer de manera fundamentada, Recurso Jerárquico ante el Superintendente Tributario Regional que resolvió el Recurso de Alzada, dentro del plazo de veinte (20) días improrrogables, computables a partir de la notificación con la respectiva Resolución. Las normas tributarias tienen aplicación en el ámbito territorial sometido a la facultad normativa del órgano competente para dictarlas, salvo que en ellas se establezcan límites territoriales más restringidos. En adelante no se aplicará la convertibilidad. La impugnación de la Resolución Determinativa a que se refiere este parágrafo no podrá realizarse fundándose en hechos, elementos o documentos distintos a los que han servido de base para la determinación de la base presunta y que no hubieran sido puestos oportunamente en conocimiento de la Administración Tributaria, salvo que el impugnante pruebe que la omisión no fue por causa propia, en cuyo caso deberá presentarlos con juramento de reciente obtención. En el Recurso Jerárquico, señalar el domicilio para que se practique la notificación con la Resolución que lo resuelva. Las resoluciones dictadas resolviendo los Recursos de Alzada y Jerárquico que constituyan Títulos de Ejecución Tributaria conforme al Artículo 108 de la presente Ley, serán ejecutadas, en todos los casos, por la Administración Tributaria. La obtención de certificados para el despacho aduanero de las mercancías a ser adjudicadas al Ministerio de la Presidencia, estará a cargo de la Aduana Nacional. Si el proceso estuviera en conocimiento de las Superintendencias, la Administración podrá solicitar a las mismas la adopción de medidas precautorias. Al momento de incautar los documentos, la Administración Tributaria queda obligada a su costo, a proporcionar al sujeto pasivo o tercero responsable un juego de copias legalizadas de dichos documentos. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 15. Publishing platform for digital magazines, interactive publications and online catalogs. Clausura del o los establecimientos, locales, oficinas o almacenes del deudor, hasta el pago total de la deuda tributaria. ARTÍCULO 36° (TRANSMISIÓN DE OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS JURÍDICAS). En este Recurso sólo podrán presentarse pruebas de reciente obtención a las que se refiere el Artículo 81 de la presente Ley, dentro de un plazo máximo de diez (10) días siguientes a la fecha de notificación con la Admisión del Recurso por el Superintendente Tributario Regional. También podrán acogerse a esta modalidad las obligaciones tributarias no determinadas por la Administración, siempre que los contribuyentes y/o responsables presenten una Declaración Jurada no rectificable que consigne sus deudas. La Audiencia Pública, cuando se convoque, se realizará antes de dictarse resolución definitiva y en su convocatoria fijará los puntos precisos a que se limitará su realización. LA PAZ - BOLIVIA 2012 . En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 43 del Código de Procedimiento Penal, los Tribunales de Sentencia en Materia Tributaria estarán compuestos por dos jueces técnicos especializados en materia tributaria y tres jueces ciudadanos. Cada Intendente Departamental tiene competencia sobre el Departamento en cuya capital tiene sede; está a su cargo dirigir la Intendencia Departamental de la que es titular, con las atribuciones y funciones que le otorga la presente Ley. No tener relación de parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado, en línea directa o colateral, o de afinidad hasta el segundo grado inclusive, con el Presidente o Vicepresidente de la República, las máximas autoridades de la Administración Tributaria, o entre Superintendentes Tributarios.
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